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Reforma del Código Penal: mitos y estadísticas en debate

El endurecimiento de las penas no es la respuesta para controlar la criminalidad.

codigo penal

 

La polémica por la reforma al Código Penal está plagada de ambigüedades, imprecisiones y conceptos erróneos. De esa forma, una vez más se ha logrado generar una creciente confusión en la gente, tal como ocurrió anteriormente en otros intentos de reforma (por ejemplo, la frustrada democratización de la justicia, y los proyectos de reforma del Consejo de la Magistratura).

La primera clarificación corresponde a la supuesta relación entre normas penales y el fenómeno de la inseguridad. Si bien la legislación penal es un componente de las políticas públicas de seguridad y justicia, no es el elemento determinante para controlar la criminalidad. Está demostrado amplia y empíricamente que el endurecimiento de las penas tiene un efecto reducido o nulo en las tasas de delitos. En otras palabras, mayores penas no conducen a menos delitos.

La experiencia comparada muestra que el delito y la violencia son fenómenos que tienen raíces multicausales, y cuya solución requiere a su vez de estrategias multifrontales. Las causas de la inseguridad ciudadana están relacionadas con la desigualdad, la falta de presencia del Estado en las comunidades, problemas de diseño urbano (barrios aislados, sin servicios públicos ni iluminación, etc.), con presencia endémica de violencia en las relaciones familiares, alcoholismo, desempleo, y otras manifestaciones de vulnerabilidad. Una estrategia sólida para reducir el delito debe incluir acciones orientadas a solucionar los citados problemas, promoviendo cambios urbanísticos y ambientales en las comunidades más desaventajadas, impulsando la construcción de escuelas, centros de capacitación y de salud, y asegurando la provisión de múltiples servicios a los jóvenes (capacitación laboral, prevención de la violencia doméstica y comunitaria, tratamiento de adicciones, y prevención de embarazos no deseados, entre otros). Esto debe acompañarse con acciones para mitigar la debilidad y falta de profesionalismo de las agencias de seguridad (policías, ministerios, justicia penal, etc.), al igual que la ausencia de datos estadísticos confiables sobre criminalidad.

Una vez aclarado que penas más duras no contribuyen a reducir el delito, vale enfocarse en la necesidad de reformar el código. Sancionado en 1921, dicho cuerpo normativo ha sufrido varios centenares de reformas parciales, que afectaron su coherencia integral, generando una marcada desproporcionalidad entre penas de distintos delitos. En tal sentido, la reforma es pertinente, ya que contribuiría a una mayor claridad y solidez del cuerpo de legislación penal.

Sin embargo, hay dos aspectos que merecen analizarse: la relevancia de la reforma y la estrategia de comunicación (o falta de ellas) del gobierno. Con respecto a la relevancia, la primera reforma integral en casi cien años del instrumento legal más importante en materia penal, no puede ser llevada a cabo de espaldas a los graves problemas que tiene Argentina en materia de política criminal, como el narcotráfico, la trata de personas, y la corrupción. En otras palabras, tras un siglo de sanción del código penal, su reforma exige mayor profundidad y una mayor visión integral del contexto político institucional reinante. No podemos modificar las penas para los delitos relacionados con el narcotráfico sin ser capaces de explicitar los fundamentos de los cambios. ¿El Estado debe ser más o menos duro con la actividad delictiva vinculada a las drogas? ¿A quién se debe perseguir, a grandes traficantes, a pequeños comercializadores, a mulas, a todos, a ninguno? Esto debería estar reflejado en el proyecto de reforma. Lo mismo se aplica a los problemas de trata de personas y a los gravísimos desafíos en la lucha contra la corrupción. Un nuevo código debería servir de catalizador de las múltiples acciones y prioridades en materia de política criminal y lucha contra el delito. El código penal es un eslabón de la cadena de política criminal y debe reflejar algún nivel de coordinación y sintonía con las políticas públicas de seguridad y justicia. El anteproyecto actual no refleja ni exterioriza conexión alguna con dichas políticas públicas.

Con respecto a la estrategia de comunicación, se percibe un déficit deliberativo y de comunicación. Hace falta un proceso de debate público serio y responsable, orientado a integrar y procesar todas las visiones sobre la conveniencia, objetivos e impacto de una reforma al código penal. No se debe caer en estrategias cortoplacistas ni en actitudes arrogantes; se debe estar abierto al diálogo. Esto sin duda contribuiría a incluir distintas miradas sobre la realidad de nuestra política criminal y de las necesidades y expectativas de los ciudadanos. En tal sentido, el Congreso y el gobierno deben desplegar un esfuerzo comunicacional a fin de explicarle a los ciudadanos porqué necesitamos una reforma, cuáles son sus objetivos, porqué se eliminan figuras como la reincidencia, cuál es la teoría de la pena detrás de todos los cambios, porqué se considera conveniente bajar las penas en algunos casos, porqué subirlas en otros. Son temas complejos pero la ciudadanía debe ser integrada, informada y consultada.

Teniendo en cuenta que desde hace años las encuestas indican que la inseguridad es una de las principales preocupaciones de los argentinos, la reforma al código penal debe realizarse de cara a la ciudadanía, con un amplio debate público, sin mezquindades políticas, y con un esfuerzo por parte del gobierno y los líderes parlamentarios para asegurarse la deliberación necesaria que le asegure su legitimidad política y por ende su estabilidad de largo plazo. En los últimos años se aprobaron muchas leyes muy importantes con estrechas mayorías legislativas; esto no debería ocurrir con el Código Penal.

El debate no debería ser código sí o código no. Entre un código anticuado y plagado de inconsistencias y el anteproyecto actual, no hay duda posible. Es una obra valiosa fruto del trabajo de prestigiosos especialistas. En realidad se debería discutir qué tipo de código queremos, para solucionar qué problemas, y cómo se articulará con las estrategias de lucha contra los principales delitos que afectan hoy a la Argentina. El anteproyecto debe ser tratado en el Congreso, como todo proyecto de ley, y puede ser objeto de reformas producto de la búsqueda de consensos, como todo proyecto de ley, para lograr un apoyo amplio entre las fuerzas políticas. Aunque últimamente nos hicieron creer lo contrario, negociar, conceder, consensuar no es claudicar.

 

* El autor es PhD en Ciencia Política (Oxford)

Comments

  1. ChrisMB says:

    Por Alvaro Herrero afirma: «El endurecimiento de las penas no es la respuesta para controlar la criminalidad»
    Acaso disminuir las penas es mejor respuesta? Acaso van a ayudar a controlar la criminalidad?
    Ante falsas premisas, respuestas en especie.

  2. Carlos says:

    Quienes argumentan que aumentar las penas NO SIEMPRE reducen el delito, suelen caer en el error de seguir que NUNCA el monto de la pena influye en el delito.
    Se parece al argumento de que la emisión monetaria excesiva no es la causa de la inflación. Si esto último fuera así ¿Para que cobrar impuestos? ¿Por qué no aumentar al infinito los salarios públicos? (aumentaría el consumo, los empleados públicos serían más felices y no habría riesgo de inflación).
    En el debate penal, si no hubiera relación entre penas y delitos ¿Que argumento fuerte habría contra el abolicionismo completo? La idea de reafirmar la vigencia del derecho, o bien es una estafa social (reafirmaría la vigencia de algo que no sirve para nada, y castigaría a aquellos que violan un totem qua totem) o bien presupone la prevención general negativa (disuasión), en cuanto el valor de aquello violado, que habilita la sanción (el derecho) está compuesto por la disuasión.
    Si nada disuadieran las penas, además de la extraña coincidencia de ser los únicos hechos desagradables que el ser humano no tendría en cuenta para decidir (tiene en cuenta el shock eléctrico que puede sufrir si mete los dedos en el enchufe, la mala mirada de otros si se comporta de modo socialmente extraño, el desamparo si no gana dinero, etc, pero no tendría en cuenta la posibilidad de pasarse una temporada en la carcel, si comete un delito -?-), penar a quien viole un mero símbolo (???) sin otros efectos en el mundo que expresar valores buenos (???) sería una salvajada rematada.
    Esto sumado a la presunta falta de comprobación empírica de la disuasión. Afirmación que prueba más la ignorancia de que quien sostiene semejante cosa, sobre los estudios empíricos más modernos, que la verdad de la sentencia.

  3. jjorge pellegrini says:

    ¿Es proyecto?¿Anteproyecto?¿Boceto?Este maltrato que ha sufrido por parte del Ejecutivo, ha logrado sacrificar la seriedad de la eventual Reforma. A la vez la ha partidizado: depenedrá del alineamineto con el Gob.Nac. el voto en el Congreso.Por esa hendija se metió de modo oportunista Mazza.

  4. Valentin says:

    El argumento de que mayores penas no conducen a menor cantidad de delitos es cierto en algunos casos, no en todos. Habría mucho que discutir al respecto y no todo es tan monoloítico como pretende la nota, bajo el rótulo de «empíricamente comprobado». Comparto que la cuestión es más compleja, pero en el desarrollo de su argumento, Herrero termina en en el lugar común de que todo obedece a las condiciones sociales y, así, minimiza el lugar que las penas tienen en el sistema

  5. Miguel says:

    Pregunta: El argumento tan repetido de que aumentar la penas no reduce las tasas delictivas, significa que bajando las penas sí se va a lograr tal objetivo?

  6. Hey very nice blog!