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Garantizar la impunidad o el Derecho Penal del Enemigo

El Fiscal General de Tucumán Gustavo Gómez, analiza los proyectos de ley de implementación del nuevo Código Procesal Penal.

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Ya están listo los cinco proyectos de ley necesarios para implementar el nuevo Código Procesal Penal de la Nación. Este es el nuevo sistema acusatorio por el cual tramitarán todas las causas penales federales que se inicien a partir del 1 de Septiembre y, progresivamente, deberá aplicarse en todo el país antes del 1 de Julio del 2016. Así lo dice el proyecto de ley de implementación y bien podemos preguntarnos porque tanta certeza a punto tal de tener el mensaje presidencial, la fechas mencionadas.

La respuesta es simple: No habrá resistencias.

Por un lado se cuenta con los votos mayoritarios en el Congreso de la Nación para transformarlas en ley y por otro, jueces y fiscales son premiados con aumentos de sueldo equivalente a los de un magistrado camarista. A plata de hoy, un juez o fiscal federal de primera instancia ganará lo que gana un juez de la Cámara Federal: entre ochenta y cien mil pesos promedio, contante y sonante incluido todos los adicionales de antigüedad, equivalencias, etc.

La implementación progresiva sólo es taxativa para la Capital Federal. El resto será a criterio de la Comisión de Transición que es de suponer, será de corte oficialista. Las urgencias demostradas con las designaciones de los fiscales detenidas por la medida cautelar de un juzgado porteño nos hace creer que la entrada en vigencia para todos los juzgados federales con asiento en las provincias, será inmediata.

El sistema aniquila la independencia y libertad de actuación que hoy –más mal que bien- tenemos los fiscales federales. La piedra de toque está en el proyecto de Ley Orgánica para el Ministerio Publico Fiscal de la Nación que crea el cargo de Fiscal General Coordinador de Distrito.

Serán no más de quince en el interior del país y dos en la Capital Federal. Ellos serán designados de modo directo por la Procuración General de la Nación y por un período de dos años. Podrá ser elegido entre los fiscales generales del lugar o elegido en otra jurisdicción territorial. Ellos tendrán el poder absoluto sobre la acción penal: distribuirá los casos entre los fiscales subordinados –Unidades fiscales de fiscalía de distrito- a los que les fijará las pautas de trabajo, centralizarán toda la información, cumplir las órdenes que le imparta el Procurador General de la Nación y sobre todas las cosas, será el único que pueda ejercer la acción penal pública.

Todo el poder en manos de 17 fiscales. Perdón, en manos de una sola persona, aquella que detente la magistratura de Procurador General de la Nación.

 

Antonio Gustavo Gomez, Fiscal General ante la Cámara Federal de Tucumán @fiscalgomez