La gravedad de un veto | plazademayo.com La gravedad de un veto | plazademayo.com

La gravedad de un veto

La ley de aborto no punible en la Ciudad: Qué implica el veto de Macri y cuál es su alcance sobre la normativa vigente.

Foto: a24.com

El Jefe de Gobierno de Buenos Aires adelantó que vetará la ley que regula los abortos no punibles en el ámbito de la ciudad. Más allá de los cuestionamientos de que es pasible la práctica del veto, lo cierto es que su decisión tiene una consecuencia grave, pero alejada del sentido en el cual los propios propulsores de la medida parecen rescatar.

En primer lugar, vetar la ley no implica prohibir (o no autorizar) la práctica de abortos no punibles. El Código Penal determina que está exento de pena el aborto practicado por un médico para evitar un peligro para la vida o la salud de la madre. También, en caso de «atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente». Sobre estos dos casos no hay discusiones. Sí es controvertido el caso del aborto practicado luego de la violación sufrida por una mujer capaz o de una menor de edad. No obstante, una interpretación «favorable a los (potenciales) imputados«, como manda la ley y reconoce la doctrina para otros casos, y el último pronunciamiento de la Corte Suprema al respecto, hacen que la redacción vacilante del artículo 86 inciso 2 del Código se concretice: el aborto en caso de violación nunca debería castigarse penalmente. El veto del Poder Ejecutivo de la ciudad no cambia estas circunstancias jurídicas.

En segundo lugar, en la propia Ciudad Autónoma de Buenos Aires está en vigencia un Protocolo para la práctica de abortos no punibles redactado por el Ministerio de Salud local. El protocolo es defectuoso y no garantiza de manera acabada los derechos de las víctimas. Pero existe, y el veto tampoco afecta su aplicabilidad.

En tercer lugar, si bien la ley hubiera representado un avance por sobre el Protocolo, tampoco era, por mucho, la solución al problema de los abortos no punibles en los hospitales públicos. El veto tiene consecuencias prácticas, pero también un gran peso simbólico tanto para sus propulsores como para quienes se oponen a él. Las discusiones están moviéndose, más que nada, en este ámbito abstracto.

En conclusión, conviene entender el veto en su medida adecuada. Es grave en general, como acto político en un marco de democracia. Es grave en particular, por las consecuencias que apareja. Hoy la mujer violada que necesite someterse a un aborto en el ámbito público deberá atravesar un trámite engorroso, desgastante y muchas veces vejatorio. El veto, entonces, evita un paso más que se habría dado hacia la desburocratización del proceso.

Pero si aún el veto tuviera las consecuencias que pretenden quienes lo propician, lo cierto es que no impedirá que los abortos clandestinos sigan existiendo. Para comenzar a erradicarlos, es necesaria una solución integral, que importe la despenalización del aborto y la garantía de su realización en condiciones de salubridad óptimas para todo el territorio de la Argentina. Esta es una cuestión que excede, jurídica y prácticamente, al ámbito de la Ciudad. Y que por las posiciones públicas adoptadas por el Poder Ejecutivo nacional, no parece estar próximo a resolverse, a pesar de las críticas que desde el propio partido gobernante se dirigen contra la decisión Jefe de Gobierno porteño.

 

 

*El autor es Doctor en Filosofía del Derecho. Su blog es Triciclosenelparque.com.ar.

Comments

  1. Facundo says:

    «no impedirá que los abortos clandestinos sigan existiendo»
    Con esa lógica legalicemos la cocaína, la pornografía infantil, a Ricardo Fort y el nazismo.

  2. qasdew says:

    Cada accion por defender la vida de lo seres humanos es buena. No voy caer en el relato de los paises desarrollados que nos explotan porque sabemos que NO son ejemplos de etica en MUCHISIMOS casos.